Protección contra el acoso en las redes sociales

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El caso de una clínica veterinaria de Cantabria, que sufrió una campaña de desprestigio en Internet por parte de un cliente insatisfecho, trajo recientemente al primer plano un problema que cada día padecen más profesionales de la veterinaria: el ataque y acoso en las redes sociales.

En esta ocasión el suceso ha terminado con la condena del joven acosador a la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de seis euros y la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, así como al pago de las costas procesales, como autor penalmente responsable de un delito leve de amenazas. Pero a pesar de que la sentencia marca un hito para estas situaciones, muchos veterinarios se encuentran todavía en una situación de indefensión cuando han de enfrentarse a campañas de este tipo.

Por ello, el Colegio de Veterinarios de Madrid (Colvema), ante el papel cada vez más relevante que juegan las redes sociales en la sociedad y como consecuencia de la proliferación de descalificaciones profesionales en medios e Internet, ha contratado un servicio de defensa y reclamación por actos contra la reputación profesional de sus colegiados.

Este servicio ya está en marcha en otros lugares de España. Por ejemplo, el Colegio Veterinario de Cantabria tiene establecido desde hace años un procedimiento legal para combatir este tipo de comportamientos ilícitos, poniendo su departamento jurídico a disposición de los colegiados afectados por estas prácticas.

Daños patrimoniales y morales

En la reclamación se incluirían los daños patrimoniales primarios y los daños morales y de imagen que se le causen al colegiado, por un menoscabo de su honor profesional, siempre que concurran las siguientes condiciones:

  • Que las imputaciones o juicios de valor se hubieran efectuado a través de cualquier medio de comunicación o a través de Internet, incluyendo manifestaciones no veraces y/o expresiones injuriosas o vejatorias.
  • Que la imputación de los hechos o la manifestación de juicios de valor efectuada hubiera lesionado la dignidad del colegiado, menoscabando su prestigio o atentando contra su propia estimación.

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